EL CONCEPTO DE EMPRESA EMERGENTE EN EL PROYECTO DE LEY DE LAS STARTUPS, Y EL IMPLÍCITO RIESGO AL FRACASO DE LA EMPRESA

Startups. El Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como la ley de startups, se encuentra en fase de aprobación en el Senado tras pasar por el Congreso de los Diputados. Se trata de un proyecto de ley que intenta fomentar el ecosistema de las empresas emergentes (startups) y estimular la inversión en ellas convirtiendo a España en un polo de atracción internacional. 

Pero, ¿qué es una empresa emergente en el proyecto de ley?

Debe ser una persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica creadas al amparo de la Ley 14/2011 que reúnan simultáneamente las siguientes condiciones:

a) Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.

b) No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.

c) Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.

d) El 60 % de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España.

e) Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial o en el propio modelo de negocio

f) No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.

g) No cotizar en un mercado regulado.

h) Si pertenece a un grupo de empresas definido en el artículo 42 del Código de Comercio, el grupo o cada una de las empresas que lo componen debe cumplir con los requisitos anteriores.

A estos efectos, se entiende por empresa de base tecnológica, aquella cuya actividad requiere la generación o un uso intensivo de conocimiento científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos, procesos o servicios y para la canalización de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación y la transferencia de sus resultados.

Asimismo, se considerará que una empresa emergente es innovadora cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica.

El proyecto de ley contiene otras consideraciones como la reducción del impuesto de sociedades al 15 %, el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sea positiva, o deducciones por inversión en empresas de nueva o reciente creación.

Veremos de qué manera continúa su trámite parlamentario hasta su entrada en vigor prevista para el primer trimestre de 2023.